¡Ciclistas, recordatorio de las normas del Code de la route!
Con el desarrollo de los carriles bici en nuestro territorio, la práctica del ciclismo experimenta un auge considerable.

Ecológica, práctica y beneficiosa para la movilidad, la bicicleta atrae cada vez a más habitantes. Pero este entusiasmo va acompañado de comportamientos a veces peligrosos: circulación por las aceras, incumplimiento de los semáforos o de los pasos de peatones, que ponen en peligro a ciclistas y peatones. Las autoridades recuerdan que los ciclistas son considerados conductores en el sentido del Code de la route.
Por lo tanto, deben respetar las mismas normas que los automovilistas y pueden ser sancionados en caso de infracción. La carretera es un espacio compartido entre ciclistas, automovilistas y peatones. Respetar el Code de la route permite prevenir accidentes y garantizar la seguridad de todos.
Ciclistas, automovilistas y peatones, la vigilancia y el respeto mutuo son esenciales para una convivencia pacífica en nuestras carreteras y carriles bici.
A TENER EN CUENTA... LAS PRINCIPALES NORMAS A RESPETAR: • Semáforos: Los ciclistas deben detenerse por completo ante el semáforo en rojo (Article R412-30). El incumplimiento conlleva una multa de 135€.
En algunos casos, una señal específica para ciclistas (M12) puede autorizar el paso de un semáforo, a condición de ceder la prioridad. • Señales de STOP: La parada completa es obligatoria antes de la línea o del paso de peatones (Article R415-6). Multa de 135€.
• Prioridad para los peatones: Los peatones que se encuentren en un paso de peatones tienen prioridad. Cualquier denegación de prioridad se sanciona con una multa de 135€.


• Circulación por las aceras: Prohibida para mayores de 8 años, salvo señalización específica (Article R412-34). Multa de 135€. • Teléfono y auriculares: Está prohibido el uso de un teléfono en la mano o llevar auriculares mientras se circula (Article R412-6-1).
Multa de 135€. • Sentido prohibido: Está prohibido circular en sentido prohibido, excepto en doble sentido ciclista autorizado (Article R412-28). Multa de 135€.
• Alumbrado y equipamiento obligatorios: Son obligatorios el alumbrado delantero y trasero, los catadióptricos y el avisador acústico. Multas de 11€ a 35€ según la infracción.
Fotos PRESSE AGENCE.